Freno fiscal al alquiler turístico: el PSOE propone gravar con IVA del 21 % las estancias de corta duración
26/08/2025 - ⏱️ 2 min
El debate sobre el futuro del mercado del alquiler turístico en España ha entrado de lleno en la arena fiscal. El 22 de mayo de 2025, el Grupo Parlamentario Socialista registró en el Congreso de los Diputados una proposición de ley para aplicar un IVA del 21 % a los arrendamientos de corta duración —aquellos inferiores a 30 días—, con el objetivo de equipararlos a otros servicios gravados por el tipo general y reducir la brecha con la oferta hotelera. Se trata de una propuesta aún en tramitación parlamentaria, no de una norma ya aprobada.
De la exención a la tributación plena
Actualmente, la mayoría de los alquileres turísticos están exentos de IVA, salvo cuando incluyen servicios propios de la hostelería —como limpieza periódica o cambio de sábanas—, en cuyo caso tributan al tipo reducido del 10 %. Con la reforma planteada, pasarían a quedar sujetos en todos los casos al 21 %, salvo en una excepción prevista: los arrendamientos en municipios de menos de 10 000 habitantes seguirían exentos, como forma de proteger el turismo rural y favorecer la actividad en la España vaciada.
Objetivos políticos y controversia jurídica
El PSOE enmarca esta iniciativa en un paquete de medidas más amplio destinado a ampliar la oferta de vivienda y combatir el encarecimiento del mercado residencial. Además del IVA, la proposición incluye un recargo del 100 % en el ITP para compradores extranjeros no comunitarios, así como nuevas tasas a viviendas vacías. El propósito declarado es doble: frenar el uso masivo de viviendas con fines turísticos y generar ingresos fiscales adicionales que puedan destinarse a políticas de vivienda.
Sin embargo, especialistas en derecho tributario advierten de posibles problemas de constitucionalidad. Según el fiscalista Esaú Alarcón, pasar directamente de la exención al tipo máximo del 21 % podría ser interpretado como un trato discriminatorio frente al sector hotelero, que tributa al 10 %. El debate jurídico anticipa que, de aprobarse, la norma podría ser objeto de recursos ante los tribunales.
Consecuencias para el mercado inmobiliario
De aprobarse la medida, los arrendadores de pisos turísticos se verían obligados a repercutir el IVA a sus clientes, encareciendo previsiblemente las estancias en el corto plazo. A cambio, obtendrían la posibilidad de deducir el IVA soportado en sus gastos, desde mobiliario hasta servicios de mantenimiento, lo que mitigaría parcialmente el impacto.
El sector hotelero, por su parte, ve con buenos ojos la propuesta al considerar que corrige una ventaja competitiva injustificada de los alquileres vacacionales. En contraste, asociaciones de propietarios y plataformas como Airbnb advierten de un posible efecto de reducción de la oferta, con la consecuente reactivación del mercado sumergido.
Contexto político y residencial
La proposición de ley llega en un momento de fuerte tensión social por el acceso a la vivienda. El Banco de España ha advertido de que en zonas turísticas como Baleares o Canarias hasta la mitad del parque residencial se destina a uso turístico, lo que limita severamente la disponibilidad de vivienda para residentes. La reforma fiscal pretende ser, por tanto, un complemento a las medidas de control de precios y al registro único de alquiler turístico ya en vigor desde julio de 2025.
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Disclaimer: Este artículo es exclusivamente informativo. No debe interpretarse nunca como consejo de inversión o financiero.